Los profesores tutores tienen como función principal la orientación académica y profesional de los alumnos.
Es profesor tutor el profesor de la especialidad instrumental o vocal que curse el alumno.
Son funciones del profesor tutor (Art. 29 de Resolución de 9 septiembre de 2005):
a) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las acciones de orientación de los alumnos, bajo la coordinación del Jefe de Estudios.
b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos a su cargo, organizando, presidiendo y levantando actas de las correspondientes sesiones de evaluación.
c) Informar a la comisión de coordinación pedagógica sobre las solicitudes de ampliación o renuncia de matrícula, sobre las de matrícula en más de un curso y sobre las de cambio o simultaneidad de especialidad que puedan presentar los alumnos bajo su tutela.
d) Facilitar la integración de los alumnos en el conservatorio y fomentar su participación en las actividades que se realicen en el centro.
e) Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.
f) Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos de todo aquello que les concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias del centro y con el rendimiento académico.
g) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.
h) Colaborar con los profesores de los alumnos a su cargo, para la mejora de la práctica docente.
i) En los conservatorios de música, colaborar con el profesor encargado de la enseñanza de Música de Cámara en la elección del repertorio de dicha asignatura para los alumnos comunes.
j) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos que tutela y mediar ante el resto de profesores y ante el equipo directivo en los problemas que se les planteen.
k) Los profesores tutores participan en las sesiones de evaluación convocadas por los Jefes de Estudios facilitando por escrito el resultado de dichas evaluaciones a los alumnos y padres.