Conservatorio Profesional de Música de Murcia

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Cómo ser alumno del conservatorio

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CÓMO SER ALUMNO DEL CONSERVATORIO

La Consejería de Educación, Formación y Empleo ha publicado publicado en el Borm del día 5 de mayo de 2011 la Resolución de 15 de abril de 2011 , de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se dictan instrucciones sobre la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de música de la Región de Murcia para el año académico 2011-2012

La LOE y el desarrollo normativo que realiza la Región de Murcia prevee diferentes vías y pruebas para ser estudiante de un Conservatorio de Música:

1.    Ingreso en las Enseñanzas Elementales de Música (EEM). El aspirante puede presentarse a una de las siguientes pruebas o a las dos:
       a.    El procedimiento de ingreso a primer curso EEM. Esta prueba es de aptitud. Es la prueba ideal para aquel aspirante que sin tener conocimientos musicales adquiridos previamente, y sin tocar un instrumento, desee ingresar en el Conservatorio a cualquier instrumento.
       b.    La prueba de ingreso a curso distinto de primero EEM. Esta prueba requiere conocimientos previos. Es la prueba correcta para aquel aspirante que ya tiene conocimientos adquiridos de Lenguaje musical, y toca un instrumento determinado. Parte de la prueba la realizará con el instrumento deseado.
2.    Acceso a las Enseñanzas Profesionales de Música (EPM). El aspirante puede presentarse a una de las siguientes pruebas o a las dos:
       a.    El procedimiento de acceso a primer curso EPM. 
      
b.    La prueba de acceso a curso distinto de primero EPM.
3.    Traslado de centro.
4.    Readmisión.

Es importante señalar que la Resolución de 23 de abril de 2010 ha eliminado la posibilidad del cambio de especialidad en las Enseñanzas Elementales.

Los aspirantes podrán inscribirse en dichas pruebas o procedimientos, que son convocados por el órgano directivo correspondiente de la Consejería competente en materia de educación, hacia el mes de mayo de cada año. La Resolución será publicada en esta web.
Los plazos se fijan en dicha convocatoria y son publicados de forma resumida en esta web.

ES MUY IMPORTANTE SEÑALAR QUE LA MATRICULACIÓN EN EL CENTRO ESTÁ SUPEDITADA A LA SUPERACIÓN DE LA PRUEBA Y A LA OBTENCIÓN DE UNA PLAZA SEGÚN LAS VACANTES QUE AUTORIZA LA DIRECCIÓN GENERAL COMPETENTE PARA CADA CURSO A LO LARGO DEL MES DE JULIO Y A LAS PRIORIDADES ESTABLECIDAS NORMATIVAMENTE.

Las Enseñanzas vienen reguladas en los siguientes decretos:

Decreto nº. 58/2008, de 11 de abril, por el que se establece la ordenación y el currículo de las Ens. Elementales de Música

En las siguientes pestañas encontrará la información necesaria de cada procedimiento.

Enseñanzas Elementales

Prueba para ingreso en las Enseñanzas Elementales

Límites de edad para el ingreso en las EEM. El Decreto 58/2008 establece que la edad mínima para el ingreso en el 1º curso de las EEM será de ocho años a final del año en el que comenzaría los estudios (es decir, el año de la convocatoria) y la máxima de 12. En el caso de tener reconocida documentalmente la flexibilización horaria por sobredotación intelectual, el alumno podría ingresar con 7 años como edad mínima.

La edad mínima para ingreso a curso distinto del 1º será de 9 años para 2º curso, 10 años para 3º curso y 11 años para 4º curso. Se procederá de igual forma para la edad máxima.

No podrán realizar la prueba para ingreso a curso distinto de primero los alumnos matriculados en las Enseñanzas Elementales de Música en conservatorios y centros privados de la Región de Murcia.

En los siguientes enlaces podrás ver un extracto normativo del procedimiento y de las pruebas para ingresar en las EEM.

1.- Procedimiento de ingreso a primer curso EEM. (modificado por resolución 87/2011 de 3 de junio de la Dir. Gral. de Form. Profesional y E.P.A.) (Pulsando en este link encontrará la explicación de este proceso)

2.- Prueba de ingreso a curso distinto de primero EEM. (Pulsando en el link encontrará el extracto normativo para la realización de esta prueba)

Pulse a continuación en la especialidad deseada para encontrar las orientaciones de la prueba.

Acordeón (Curso distinto de 1º EEM) -   Arpa (Curso distinto de 1º EEM)

Clarinete (Curso distinto de 1º EEM)Contrabajo (Curso distinto de 1º EEM)

Fagot (Curso distinto de 1º EEM)Flauta de Pico (Curso distinto de 1º EEM)

Flauta Travesera (Curso distinto de 1º EEM)Guitarra (Curso distinto de 1º EEM)

Instrumentos de Púa (Curso distinto de 1º EEM)Oboe (Curso distinto de 1º EEM)

Percusión (Curso distinto de 1º EEM)Piano (Curso distinto de 1º EEM)

Saxofón (Curso distinto de 1º EEM)Trombón (Curso distinto de 1º EEM)

Trompa (Curso distinto de 1º EEM)Trompeta (Curso distinto de 1º EEM)

Tuba (Curso distinto de 1º EEM)Viola (Curso distinto de 1º EEM)

Violín (Curso distinto de 1º EEM)Violoncello (Curso distinto de 1º EEM)

Enseñanzas Profesionales

Prueba para acceso en las Enseñanzas Profesionales

El Decreto 75/2008 no establece edades mínima ni máximas para el ingreso a las EPM. Únicamente es reseñable que en la especialidad de Canto se requerirá que el aspirante posea una voz adulta y será el tribunal evaluador quien determinará la madurez de la voz del candidato/a.

En los siguientes enlaces podrás ver un extracto normativo y las orientaciones para realizar las pruebas de acceso en las EPM.

1.- Procedimiento de acceso a primer curso de EPM.

a. Todas las especialidades excepto Canto. (Pulsando en el link encontrará el extracto normativo para la realización de esta prueba)

(Pulse a continuación en la especialidad deseada para encontrar las orientaciones de la prueba.)

Acordeón (1º EPM) -   Arpa (1º EPM)

Clarinete (1º EPM) -   Clave (1º EPM)

Contrabajo (1º EPM) -   Fagot (1º EPM)

Flauta de Pico (1º EPM) -   Flauta Travesera (1º EPM)

Guitarra (1º EPM) -   Instrumentos de Púa (1º EPM)

Oboe (1º EPM) -   Órgano (1º EPM)

Percusión (1º EPM) -   Piano (1º EPM)

Saxofón (1º EPM) -   Trombón (1º EPM)

Trompa (1º EPM) -   Trompeta (1º EPM)

Tuba (1º EPM) -   Viola (1º EPM)

Violín (1º EPM) -   Violoncello (1º EPM)

b. Canto.

Canto (1º EPM)

2.- Prueba de acceso a curso distinto de primero de EPM. (Pulsando en el link encontrará el extracto normativo para la realización de esta prueba)

Pulse a continuación en la especialidad deseada para encontrar las orientaciones de la prueba.

Acordeón (Curso distinto de 1º EPM) -    Arpa (Curso distinto de 1º EPM)

Canto (Curso distinto de 1º EPM) - Clarinete (Curso distinto de 1º EPM) -    Clave (Curso distinto de 1º EPM)

Contrabajo (Curso distinto de 1º EPM) -    Fagot (Curso distinto de 1º EPM)

Flauta de Pico (Curso distinto de 1º EPM) -   Flauta Travesera (Curso distinto de 1º EPM)

Guitarra (Curso distinto de 1º EPM) -    Instrumentos de Púa (Curso distinto de 1º EPM)

Oboe (Curso distinto de 1º EPM) -   Órgano (Curso distinto de 1º EPM)

Percusión (Curso distinto de 1º EPM) -   Piano (Curso distinto de 1º EPM)

Saxofón (Curso distinto de 1º EPM) -    Trombón (Curso distinto de 1º EPM)

Trompa (Curso distinto de 1º EPM) -   Trompeta (Curso distinto de 1º EPM)

Tuba (Curso distinto de 1º EPM) -   Viola (Curso distinto de 1º EPM)

Violín (Curso distinto de 1º EPM) -   Violonchelo (Curso distinto de 1º EPM)

Procedimiento de Matrícula

Para poder formalizar la matrícula será preciso superar las pruebas de aptitud o de acceso y haber obtenido plaza de acuerdo con lo establecido en las instrucciones sobre admisión de alumnos en los Conservatorios de Música de la Región de Murcia.

Los plazos de matrícula se encuentran en el artículo de Alumnado ----> Matrículas, de la barra superior.

Traslados

Podrán presentar solicitud de traslado, quienes siendo alumnos en un centro que imparta las Enseñanzas Elementales o las Enseñanzas Profesionales de Música, soliciten continuar sus estudios en otro distinto.
Los centros sólo aceptarán traslados si disponen de plazas vacantes en la especialidad de que se trate. Además, en las Enseñanzas Elementales de Música, la aceptación de los traslados procedentes de otras comunidades autónomas quedará supeditada a las edades establecidas en el artículo 8 del Decreto
58/2008, de 11 de abril.
Dos son los plazos para solicitar el traslado:
I. Antes del inicio del curso 2010-2011: del 1 al 30 de junio.
II. Una vez iniciado el curso 2010-2011 en otro centro: la solicitud se presentará cuando el interesado lo precise.
En los traslados solicitados desde el 1 al 30 de junio, una vez terminado el plazo de matrícula ordinaria de los alumnos del centro, se admitirán únicamente los solicitados por cambio de localidad de residencia o por compatibilidad con estudios
superiores o actividad laboral, teniendo que ser justificados documentalmente para su concesión. En su caso, se matricularán en el centro el día 2 de julio.
En los traslados solicitados desde el inicio del curso escolar 2010-2011 hasta el 23 de noviembre de 2010, tendrán prioridad para ser adjudicados en el proceso conocido como vacante sobrevenida, dispuesto en el punto vigésimo noveno de la Resolución de 23 de abril de 2010. Como en el caso anterior, sólo se aceptarán aquéllos solicitados por cambio de localidad de residencia o por compatibilidad con estudios superiores o actividad laboral, exigiéndose igualmente justificación documental para su concesión.
Tras estos dos plazos, se podrá solicitar traslados a partir del 24 de noviembre de 2010, y su admisión quedará supeditada únicamente a la existencia de vacante en la especialidad de solicitud.

Readmisión

Podrán solicitar la Readmisión quienes deseen reanudar sus estudios tras causar baja en un período máximo de dos años como alumno de las Enseñanzas Elementales o de las Enseñanzas Profesionales en el centro.

Dos son los plazos para solicitar la Readmisión.
I. Del 1 al 30 de junio.
II. Del 1 al 30 de septiembre.

Se exigirá como requisitos para poder solicitar la readmisión:
a) No haber agotado la permanencia en el curso o en las enseñanzas correspondientes.
b) Poder finalizar los estudios en los años que pudieran restar de permanencia.

Si aún no hubieran transcurrido dos cursos escolares desde que el alumno produjera la baja, y siempre y cuando ésta no se debiera a pérdida del puesto escolar, la admisión estará sujeta a las siguientes condiciones:
a) Se efectuará en la especialidad que estuviera cursando con anterioridad a la baja y en el curso que corresponda de acuerdo con su expediente académico.
Esta fórmula de readmisión podrá utilizarse una única vez por grado.
b) Enseñanzas Elementales de Música: se admitirán una vez que se produzcan vacantes sobrevenidas, teniendo en cuenta el orden de adjudicación establecido en el punto vigésimo noveno de la Resolución de 23 de abril de 2010.
c) Enseñanzas Profesionales de Música:
En las solicitudes presentadas del 1 al 30 de junio: su admisión se efectuará en el mes de septiembre, en el caso de que existan plazas vacantes una vez efectuada la matrícula de los días 2 al 6 del citado mes.
En las solicitudes presentadas del 1 al 30 de septiembre: su adjudicación se ajustará a lo establecido en el punto vigésimo noveno de esta resolución.

Es importante señalar que opcionalmente, se podrá participar por ingreso o acceso, en igualdad con el resto de aspirantes. No se podrán solicitar simultáneamente la readmisión y el ingreso o acceso.

4. Se priorizará en la admisión a quienes hubieran causado baja en el centro por participar en programas educativos europeos. A tal efecto deberán hacerlo constar en la solicitud de admisión así como aportar la documentación justificativa oportuna. Si existiera plaza vacante en la especialidad al término de la matrícula ordinaria del alumnado, se procederá a efectuarla el día 2 de julio.

5. Si hubiera transcurrido más de dos cursos escolares o bien hubiera causado baja por pérdida del puesto escolar, el interesado deberá solicitar el ingreso o acceso a un curso distinto de primero, como mínimo al curso siguiente al último en que hubiera estado matriculado. Concurrirá en igualdad con el resto
de aspirantes.

Cambio de especialidad

La Resolución de 23 de abril de 2010 ha eliminado la posibilidad de solicitar un cambio de especialidad en las Enseñanzas Elementales.

La filosofía que se sigue es la de procurar el acceso a los estudios de música al mayor número posible de estudiantes y es por ello que ha eliminado esta posibilidad.

Simultaneidad de especialidades

La simultaneidad de especialidades sólo se puede producir en las Enseñanzas Prfoesionales.

El alumnado matriculado en dos especialidades cursa las asignaturas comunes solamente una vez.

La simultaneidad de especialidades en las Enseñanzas Profesionales de Música está supeditada, a la superación de las correspondientes pruebas de acceso y a la obtención posterior de plaza. Para ello los alumnos deberán tomar parte en el proceso de admisión, solicitando el acceso a las especialidades correspondientes.